¿Sabes qué patrones están obligados a presentar un dictamen anual, elaborado por un contador público autorizado y registrado ante el IMSS?

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Si eres patrón y tu empresa promedia 300 empleados al mes, durante el último año de calendario, estás obligado a dictaminarte ante el IMSS mediante el SIDEIMSS (Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS), de acuerdo con lo señalado en el artículo 16 de la Ley del IMSS. Este dictamen lo prepara y presenta solo un contador público autorizado y registrado.
La presentación a través del SIDEIMSS es obligatoria a partir del 2018 y actualmente es el único medio para su realización.
El dictamen debe entregarse a más tardar el 30 de septiembre del año siguiente a dictaminar, pero el aviso se presenta a más tardar el 30 de abril. En caso de tener uno o varios registros patronales, se debe presentar un único aviso de dictamen.
Es de suma importancia mencionar que dentro de la información que se integra para la presentación de dicho dictamen, y que se registra en el Modulo III “Modulo de atestiguamientos”, está el detalle de remuneraciones. En este sentido, nos referimos a los CFDI de nómina de donde se obtiene la información de todas las percepciones y prestaciones pagadas,; así como aquella sobre la retención de cuotas obrero, sin dejar pasar el registro patronal asentado en estos CFDI.

Por lo anterior, toma en cuenta la correcta integración y presentación de todo lo que se contempla en un CFDI de nómina toma relevancia. ¡Acércate a Grupo Sistemas! Tu mano derecha.

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